BASES TEORICAS


A continuación, se presentan las bases teóricas que sustentan la investigación sobre los efectos psicológicos ocasionados por el covid-19 en los estudiantes del grado 11 de la institución educativa Nº 11 sede el Carmen.

El estudio se relaciona con varias teorías que le dan forma y se vincula con el proyecto planteado. Sobre este particular la Fundación Lucha Contra El Sida Y Enfermedades Infecciosas presentan Un estudio sobre el impacto psicosocial de la COVID-19 en base a la revisión sistemática de 58 trabajos científicos ha revelado que, entre las alteraciones más habituales entre la población general figura la depresión (presente en el 46% de los estudios revisados), la ansiedad (60%), los síntomas de estrés (17%), el insomnio (17%), la percepción de soledad (3%) y el trastorno de estrés post-traumático (3%). En cuanto al colectivo sanitario, la detección de síntomas de depresión ha sido ligeramente inferior (en un 41% de los estudios revisados), pero más elevada en el caso de la ansiedad (67%), los síntomas de estrés ( 33%), el insomnio (29%), la sensación de soledad (4%) y el trastorno de estrés post-traumático (8%).

 

En base a lo anterior tomando como énfasis en los estudiantes; el doctor Luis Enrique García Jiménez licenciado en psicología expresa, que el aislamiento en los estudiantes se vincula a una serie de factores que correlacionan al incremento de casos de Síndrome de Estrés Postraumático, confusión e irritabilidad que agravan a la estabilidad mental en varias partes del mundo. Debido a tales estudios se ha podido concluir que tanto las condiciones socioeconómicas, las desigualdades sociales/estructurales regionales, y la incertidumbre económica, académica y sanitaria global afectan el desempeño escolar. Otros factores emparentados a ello son el aislamiento social, el cambio drástico en el estilo de vida, el aumento de las actividades laborales online, la falta de apoyo social, el impacto económico familiar y la percepción de vulnerabilidad al contagio.

Por otra parte, según un estudio realizado en España sobre el Impacto Psicológico Derivado Del Covid-19 En La Población Española. Arroja que el impacto psicológico que el Covid-19 está teniendo en España, para así poder establecer las necesidades psicológicas de la población general, abordando también la discriminación que pueden sufrir algunas personas en situaciones de alarma sanitaria (personas mayores, con problemas psicológicos, con bajos recursos, personal sanitario, o aquellas infectadas por el Covid-19).   Las mujeres parecen tener un mayor número de problemas relacionados con el estado de ánimo, mientras que los varones los tienen en mayor medida de ansiedad y post-traumáticos.

6.2 BASES LEGALES

Los siguientes artículos de la Constitución política de Colombia, la Ley expuesta por el congreso de la república y el ministerio de la salud, permiten abordar el marco legal que orienta y garantiza la ley de la salud mental y se dictan otras disposiciones referentes a la necesidad requerida en la investigación. 

 

Ley 1616 Del 21 enero 2013:

Artículo 3: la salud mental es de interés y prioridad nacional de la república de Colombia, es un derecho fundamental, es un tema prioritario en la salud pública es un bien de interés público y es componente de bienestar general y el mejoramiento en la calidad de vida de colombianos y colombianas

 

Sentencia T-875 De 2013 

Derecho Fundamental A La Salud De Niños Y Niñas-Debe ser atendido en forma inmediata y prioritaria. 

A los niños se les debe suministrar un servicio de salud que otorgue una ayuda eficaz. Para ello, el Estado tiene la obligación de asegurar que les sean brindados todos los medios, sean médicos o educativos, que les permitan obtener una recuperación óptima, o si esto no fuera posible, por lo menos que accedan a la mejor calidad de vida posible. En conclusión, se les debe prodigar a los pequeños un servicio especializado, integral, eficiente y óptimo, que les permita acceder a todos los servicios, exámenes, procedimientos, intervenciones, medicamentos, tratamiento, terapias, etc., requeridos para la recuperación de su estado de salud, evitando al máximo desconocer sus garantías fundamentales y desmejorar su calidad de vida.

Derecho A La Continuidad En El Servicio De Salud - Deber de las EPS de garantizar a los pacientes el acceso efectivo a los servicios de salud bajo los principios de eficiencia Un servicio público esencial a cargo del Estado, además de regirse por los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, consagrados en el artículo 49 de la Constitución Política, debe dar cumplimiento a los principios de continuidad, el cual conlleva su prestación de forma ininterrumpida, constante y permanente; y de necesidad, sin que sea admisible su interrupción, sin justificación constitucional. El principio de continuidad, tiene como finalidad otorgarles a las personas afiliadas al Sistema de Salud una atención ininterrumpida, constante y permanente que garantice la protección de sus derechos fundamentales a la vida y a la salud.

Consulta La Ley 1098 De 2006:

Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia, el cual tiene por objeto establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección será obligación de la familia, la sociedad y el Estado.

ARTÍCULO 1o. El artículo 52 de la Ley 1098 de 2006:

Artículo 52. Verificación de la garantía de derechos. En todos los casos en donde se ponga en conocimiento la presunta vulneración o amenazada los derechos de un niño, niña y adolescente, la autoridad administrativa competente emitirá auto de trámite ordenando a su equipo técnico interdisciplinario la verificación de la garantía de los derechos consagrados en el Título I del Capítulo II del presente Código. Se deberán realizar:

1. Valoración inicial psicológica y emocional.

2. Valoración de nutrición y revisión del esquema de vacunación.

3. Valoración inicial del entorno familiar, redes vinculares e identificación de elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos.

4. Verificación de la inscripción en el registro civil de nacimiento.

5. Verificación de la vinculación al sistema de salud y seguridad social.

6. Verificación a la vinculación al sistema educativo.

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