A continuación, se presentan las bases teóricas que sustentan
la investigación sobre los efectos psicológicos ocasionados por el covid-19 en los estudiantes del
grado 11 de la institución educativa Nº 11 sede el Carmen.
El estudio se
relaciona con varias teorías que le dan forma y se vincula con el proyecto
planteado. Sobre este particular la Fundación Lucha Contra El Sida Y
Enfermedades Infecciosas presentan Un estudio sobre el impacto psicosocial de la COVID-19 en
base a la revisión sistemática de 58 trabajos científicos ha revelado que,
entre las alteraciones más habituales entre la población general figura la depresión
(presente en el 46% de los estudios revisados), la ansiedad (60%), los síntomas
de estrés (17%), el insomnio (17%), la percepción de soledad (3%) y el
trastorno de estrés post-traumático (3%). En cuanto al colectivo sanitario, la
detección de síntomas de depresión ha sido ligeramente inferior (en un 41% de
los estudios revisados), pero más elevada en el caso de la ansiedad (67%), los
síntomas de estrés ( 33%), el insomnio (29%), la sensación de soledad (4%) y el
trastorno de estrés post-traumático (8%).
En base a lo anterior tomando como énfasis en los
estudiantes; el doctor Luis Enrique García Jiménez licenciado en psicología
expresa, que el aislamiento en los estudiantes se vincula a una serie de
factores que correlacionan al incremento de casos de Síndrome de Estrés
Postraumático, confusión e irritabilidad que agravan a la estabilidad mental en
varias partes del mundo. Debido a tales estudios se ha podido concluir que
tanto las condiciones socioeconómicas, las desigualdades sociales/estructurales
regionales, y la incertidumbre económica, académica y sanitaria global afectan
el desempeño escolar. Otros factores emparentados a ello son el aislamiento
social, el cambio drástico en el estilo de vida, el aumento de las actividades
laborales online, la falta de apoyo social, el impacto económico familiar y la
percepción de vulnerabilidad al contagio.
Por otra
parte, según un estudio realizado en España sobre el Impacto Psicológico
Derivado Del Covid-19 En La Población Española. Arroja que el impacto
psicológico que el Covid-19 está teniendo en España, para así poder establecer
las necesidades psicológicas de la población general, abordando también la
discriminación que pueden sufrir algunas personas en situaciones de alarma
sanitaria (personas mayores, con problemas psicológicos, con bajos recursos,
personal sanitario, o aquellas infectadas por el Covid-19). Las mujeres parecen tener un mayor número de
problemas relacionados con el estado de ánimo, mientras que los varones los
tienen en mayor medida de ansiedad y post-traumáticos.
6.2 BASES LEGALES
Los siguientes artículos de la Constitución política de Colombia,
la Ley expuesta por el congreso de la república y el ministerio de la salud,
permiten abordar el marco legal que orienta y garantiza la ley de la salud
mental y se dictan otras disposiciones referentes a la necesidad requerida en
la investigación.
Ley 1616 Del 21 enero 2013:
Artículo 3: la salud mental es de
interés y prioridad nacional de la república de Colombia, es un derecho
fundamental, es un tema prioritario en la salud pública es un bien de interés
público y es componente de bienestar general y el mejoramiento en la calidad de
vida de colombianos y colombianas
Sentencia T-875 De
2013
Derecho Fundamental A La Salud
De Niños Y Niñas-Debe ser atendido en forma
inmediata y prioritaria.
A los niños se les debe suministrar un
servicio de salud que otorgue una ayuda eficaz. Para ello, el Estado tiene la
obligación de asegurar que les sean brindados todos los medios, sean médicos o
educativos, que les permitan obtener una recuperación óptima, o si esto no
fuera posible, por lo menos que accedan a la mejor calidad de vida posible. En
conclusión, se les debe prodigar a los pequeños un servicio especializado,
integral, eficiente y óptimo, que les permita acceder a todos los servicios,
exámenes, procedimientos, intervenciones, medicamentos, tratamiento, terapias,
etc., requeridos para la recuperación de su estado de salud, evitando al máximo
desconocer sus garantías fundamentales y desmejorar su calidad de vida.
Derecho A La Continuidad En El
Servicio De Salud - Deber de las EPS de
garantizar a los pacientes el acceso efectivo a los servicios de salud bajo los
principios de eficiencia Un servicio público esencial a
cargo del Estado, además de regirse por los principios de eficiencia,
universalidad y solidaridad, consagrados en el artículo 49 de la Constitución
Política, debe dar cumplimiento a los principios de continuidad, el cual
conlleva su prestación de forma ininterrumpida, constante y permanente; y de
necesidad, sin que sea admisible su interrupción, sin justificación
constitucional. El principio de continuidad, tiene como finalidad otorgarles a
las personas afiliadas al Sistema de Salud una atención ininterrumpida,
constante y permanente que garantice la protección de sus derechos
fundamentales a la vida y a la salud.
Consulta La Ley 1098 De 2006:
Por
la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia, el cual tiene por
objeto establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral
de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus
derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de
Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes, así como su
restablecimiento. Dicha garantía y protección será obligación de la familia, la
sociedad y el Estado.
ARTÍCULO 1o. El artículo 52 de
la Ley 1098 de 2006:
Artículo 52.
Verificación de la garantía de derechos. En todos los casos en donde se ponga
en conocimiento la presunta vulneración o amenazada los derechos de un niño,
niña y adolescente, la autoridad administrativa competente emitirá auto de
trámite ordenando a su equipo técnico interdisciplinario la verificación de la
garantía de los derechos consagrados en el Título I del Capítulo II del
presente Código. Se deberán realizar:
1.
Valoración inicial psicológica y emocional.
2.
Valoración de nutrición y revisión del esquema de vacunación.
3.
Valoración inicial del entorno familiar, redes vinculares e identificación de
elementos protectores y de riesgo para la garantía de los derechos.
4.
Verificación de la inscripción en el registro civil de nacimiento.
5.
Verificación de la vinculación al sistema de salud y seguridad social.
6.
Verificación a la vinculación al sistema educativo.
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